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Trámite o servicio:

Licencia de Construcción, Menos de 65 m²

La licencia de construcción es un permiso que se requiere para construir, ampliar, reparar o modificar una edificación. En este caso la superficie total a construir es menor a 65m²

Descargue el siguiente formato y complete su llenado.

  • Copia de constancia de Uso de Suelo
  • Copia de Carta de No Adeudo al Comité de Acción Ciudadana
  • Copia del Predial actualizado
  • Copia del Recibo de Agua actualizado
  • Copia de Escritura o documento que acredite la propiedad
  • Copia de credencial del INE (Propietario)
  • Copia de fotografía de la construcción que va a tramitar
  • Presentar croquis (debidamente especificada la superficie de metros de construcción). Aplica solo ampliación en construcciones ya existentes.
  • En caso de que la Construcción se realice en segunda planta se requerirá Dictamen Técnico (Perito registrado en esta Dirección de Desarrollo Urbano)
  • Es necesaria la autorización de otras dependencias cuando la obra se ubique en caso de: Zona Federal, Zanjones, Rios, Areas verdes, etc.  (Comisión Nacional del Agua)
  • Cuando la construcción, remodelación o demolición se realice en el primer cuadro de la ciudad será necesario la autorización del I.N.A.H. e I.N.B.A.L.
    • En áreas naturales fuera de la ciudad, usos diferentes a la habitacional y otros que requieran dictamen de impacto ambiental (INADES).

 

Importante: Cuando sea la construcción nueva menor de 65.00 m², tendrá que presentar todo el apartado de la Construcción Mayor de 65.00 m².

Todo requisito antes mencionado pasará por un proceso de evaluación apegándose a la normatividad municipal, estatal o federal según sea el caso, toda la documentación debe ser clara, legible y sin tachaduras o enmendaduras.

El pago de derechos es parte del trámite; no acredita la autorización.

NOTA: Será obligación del Perito o propietario dar aviso por escrito una vez terminada la obra así como manifestar en Catastro para poder entregar la habitabilidad en la Dirección de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Ecológia.

Dependerá de la zona urbana
Lunes a Viernes 9:00 - 15:00 horas.

3 días hábiles

Oficina de Desarrollo Urbano, dentro de las instalaciones de Presidencia Municipal en calle Benito Juárez s/n Col. Centro, Xalisco.

Artículos 115 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos; 17,18,107,250,251,252 De La Ley De Asentamientos Humanos Ordenamiento Territorial Y Desarrollo Urbano Para El Estado De Nayarit; 9,14 De La Ley De Fraccionamientos Y Acciones De Urbanización Del Estado De Nayarit; 4,5,29,52,331,404,405,412 Del Reglamento De Construcción Y Explotación De Materiales Pétreos Para El Municipio De Xalisco; 51 Del Reglamento De Administración Pública Del Municipio. De Xalisco; 10,25 De La Ley De Ingresos Para La Municipalidad De Xalisco Nayarit.

Los costos que aparecen en esta sección pueden variar al momento de acudir a pagar. Igualmente los tiempos para realizar los trámites son estimados y pueden cambiar dependiendo de la carga de trabajo de cada área.

Si tiene alguna duda llame al tel. 311 211 2020, donde con gusto le orientaremos. También puede enviarnos un mensaje en la sección de contacto.

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